ABOGADOS COACCIONES
El delito de coacciones se castiga con prisión de seis meses a tres años o multa de 12 a 24 meses. La coacción consiste en impedir violentamente o con intimidación a otra persona hacer algo que quiere hacer y no está prohibido, o bien obligar a hacer algo que no quiere. Si la intensidad de la violencia o la intimidación no es importante, la coacción sería juzgada como un delito leve.
Un ejemplo que suele ser habitual en los juzgados es el caso en que alguien cambia la cerradura de una casa con el fin de impedir la entrada de alguien que ya no queremos que siga contando con acceso (como un inquilino que no paga o una pareja con problemas).
El cambio de cerradura puede ser considerado coacción por los tribunales, puesto que, desde un punto de vista contractual o legal, la persona puede seguir teniendo un derecho de acceso.
Hay que tener en cuenta el sentimiento de justicia con respecto al fin perseguido (que el autor de la coacción crea que está justamente legitimado) no supone eximente alguna, puesto que se ha utilizado una vía de hecho cuando se deberían haber seguido las vías legalmente establecidas (por ejemplo, denunciar al inquilino en el juzgado).
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