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ABOGADOS ACOSO LABORAL

Un delito de mobbing o acoso laboral se produce cuando se llevan a cabo actos hostiles o humillantes que suponen un grave acoso contra la v铆citma. Ejemplos de mobbing laboral pueden ser: ordenar al trabajador tareas absurdas, degradantes, de imposible realizaci贸n o inexistentes; el aislamiento deliberado; y la realizaci贸n de burlas, cr铆ticas, vejaciones o amenazas.

Los motivos pueden proceder de la creencia religiosa, ideol贸gica, raza, sexo, orientaci贸n sexual o la minusval铆a, entre otros. La pena que corresponde a la comisi贸n de este delito es de seis meses a dos a帽os de prisi贸n o una multa de doce a veinticuatro meses. Corresponder谩 la reparaci贸n econ贸mica al da帽o producido y responsabilidad civil por el delito cometido.

El art铆culo espec铆fico que aborda el delito de acoso laboral es el art铆culo 173.1 del C贸digo Penal espa帽ol.
El art铆culo 173.1 establece que:

"El que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral, ser谩 castigado con la pena de prisi贸n de seis meses a dos a帽os."

Este art铆culo se interpreta y aplica en casos de acoso laboral, donde se considera que el comportamiento del acosador constituye un trato degradante y menoscaba gravemente la integridad moral de la v铆ctima en el 谩mbito laboral.

Por lo tanto, en el 谩mbito penal, el delito de acoso laboral se castiga con penas de prisi贸n, cuya duraci贸n puede variar dependiendo de la gravedad de los hechos y las circunstancias del caso particular. El procedimiento penal para casos de acoso laboral sigue las etapas generales de cualquier proceso penal, desde la denuncia inicial hasta la sentencia final, y se rige por las disposiciones establecidas en el C贸digo Penal y el procedimiento penal espa帽ol.

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Procedimiento penal en Espa帽a espec铆ficamente para casos de acoso laboral:

Denuncia: La v铆ctima o cualquier persona que tenga conocimiento de los hechos puede presentar una denuncia ante la polic铆a o el juzgado de guardia.

Investigaci贸n preliminar: Tras la denuncia, se inicia una investigaci贸n preliminar por parte de la autoridad competente (generalmente la polic铆a) para recabar pruebas e indicios sobre el presunto delito de acoso laboral.

Instrucci贸n: Si la investigaci贸n preliminar encuentra suficientes indicios de la comisi贸n del delito, se inicia una fase de instrucci贸n en la que se practican diligencias como la toma de declaraciones, recopilaci贸n de pruebas y cualquier otra actuaci贸n necesaria para esclarecer los hechos.

Juicio: Una vez concluida la instrucci贸n y si se determina que hay suficientes pruebas, se lleva a cabo un juicio en el que se juzga al acusado por el delito de acoso laboral. Durante el juicio se presentan las pruebas y se escuchan los testimonios de las partes involucradas.

Sentencia: Finalizado el juicio, el tribunal emite una sentencia en la que se declara la inocencia o culpabilidad del acusado. En caso de ser declarado culpable, se establece la pena correspondiente seg煤n lo establecido en el C贸digo Penal.

Es importante mencionar que el procedimiento penal en casos de acoso laboral sigue las etapas generales de cualquier proceso penal, con la particularidad de que se enfoca en el delito espec铆fico de acoso laboral y las pruebas relacionadas con 茅l.

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