ABOGADOS ABUSO SEXUAL
El abuso sexual tiene lugar cuando se vulnera la libertad sexual de una persona sin su consentimiento y sin utilizar violencia o intimidación. Si media violencia o intimidación, el delito pasa a ser agresión sexual.
En cualquier caso, se considera abuso sexual no consentido las relaciones con menores de 13 años, personas privadas de sentido, embriagadas o con trastornos mentales. También la obtención del consentimiento en función de una posición superior o el engaño sobre mayores de 13 años y menores de 16. Un hecho frecuente es el abuso sexual sorpresivo, es decir, el tocamiento que realiza una persona a otra de manera rápida.
Las penas son diferentes según exista la penetración en la víctima o no: si existe penetración bucal, vaginal o anal, se castigará con una pena de cuatro a diez años de prisión; por el contrario, si no se produce, la condena oscilará entre uno y tres años.
Artículo 181 del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre): "El que abusara sexualmente de un menor de trece años será castigado con la pena de prisión de uno a tres años. Si los hechos se hubieran cometido utilizando violencia o intimidación, la pena será de tres a cinco años de prisión."
Explicación:
El artículo 181 del Código Penal español establece las consecuencias legales para aquellos que cometan el delito de abuso sexual, en particular, cuando la víctima es un menor de trece años. El delito se castiga de la siguiente manera:
Si el abuso sexual se comete sin el uso de violencia o intimidación, es decir, cuando se trata de un abuso sexual simple, la pena prevista es de prisión de uno a tres años.
Si el abuso sexual se comete utilizando violencia o intimidación, la pena se eleva a tres a cinco años de prisión.
En el sistema legal español, los delitos de abuso sexual pueden verse agravados por diversas circunstancias, lo que puede resultar en penas de cárcel más severas. Algunos de los agravantes comunes para el abuso sexual incluyen:
Uso de violencia o intimidación: Cuando el abuso sexual se comete utilizando violencia física o intimidación, las penas suelen ser más graves. Esto se menciona en el artículo 181 del Código Penal, que establece penas más altas para el abuso sexual con violencia o intimidación.
Edad de la víctima: Si la víctima es un menor de edad o una persona especialmente vulnerable debido a su edad, salud o situación, esto puede considerarse un agravante. En muchos casos, las penas se incrementan si la víctima es un niño o adolescente.
Abuso en grupo o por múltiples agresores: Cuando el abuso sexual involucra a múltiples agresores o se lleva a cabo en grupo, esto puede considerarse un agravante y resultar en penas más severas.
Abuso repetido: Si se demuestra que el agresor ha cometido abusos sexuales de manera reiterada contra la misma víctima, esto puede aumentar la gravedad de las penas.
Lesiones o daño físico: Si como resultado del abuso sexual, la víctima sufre lesiones graves o daño físico, esto también puede considerarse un agravante y llevar a penas más largas de prisión.
Abuso de confianza o posición de autoridad: Cuando el agresor abusa de una posición de confianza o autoridad, como un profesor, un empleado o un miembro de la familia, esto puede ser considerado un agravante y resultar en penas más severas.
Es importante señalar que las circunstancias específicas de cada caso pueden influir en la determinación de las penas por abuso sexual, y un juez considerará todos los factores relevantes al dictar sentencia. Las penas exactas dependerán de la gravedad de los hechos y las leyes vigentes en el momento del juicio. Por lo tanto, es fundamental consultar a un abogado especializado en derecho penal para obtener asesoramiento legal específico en un caso particular.
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